Secretaría Nacional de Postgrado
Atribuciones

La Secretaría Nacional de Postgrado  tiene las siguientes atribuciones: 

  1. Coordinar las actividades del Postgrado del Sistema Universitario Boliviano.
  2. Programar y coordinar las Reuniones Nacionales de Postgrado, para evaluar analizar y estructurar los Planes de Estudios de los cursos de Postgrado a nivel Nacional.
  3. Diseñar el Programa Nacional de Recursos Humanos en el cuarto nivel en corcondancia con el Plan Nacional de Desarrollo Universitario contemplando los niveles de: Especificaciones, Maestría y Doctorado.
  4. Coordinar actividades con la Secretaría de Planificación Académica, Evaluación y Acreditación y la de Investigación, Ciencia y Tecnología para generar proyectos integrados.
  5. Informar a las instancias superiores sobre el desenvolvimiento de sus especificas labores.
  6. Cumplir y hacer cumplir el Estatuto Orgánico, así como las Resoluciones de las Instancias de Gobierno Universitario.
  7. Elaborar el Plan Nacional de Desarrollo Universitario en la parte que corresponde a su Secretaría.
  8. Elaborar y presentar en la Memoria Anual el informe de labores de su Secretaria.
  9. Publicar anualmente la Guía de Cursos de Postgrado ofrecidos por las Universidades del Sistema.
  10. Elaborar el reglamento del Sistema Nacional de Postgrado.

Dependen de la Secretaria Nacional de Postgrado, las siguientes unidades administrativas. 

  • Planificación de Postgrado
  • Análisis y Sistematización del Postgrado.

I. ANTECEDENTES

El Postgrado en Bolivia.

Nuestra síntesis histórica del postgrado en el país toma como referencias válidas las acciones y acontecimientos realizados en periodos de plena vigencia de la autonomía universitaria.

El periodo autonomista se inicia con la organización del Primer Congreso de la Universidad Boliviana , llevado a cabo en la Universidad Mayor de San Francisco Xavier de Sucre, del 20 al 27 de octubre de 1941, posteriormente se sucedieron otros Congresos Universitarios de acuerdo al siguiente detalle:

CONGRESOS
UNIVERSIDADES
FECHAS
I
UMSFX _ Sucre 20-27/10/1941
II
UMSFX _ Sucre 13-19/10/1958
III
UMSA _ La Paz 15-19/05/1969
IV
UTB _ Beni 04-11/07/1971
V
UMSS _ Cochabamba 11-16/12/1978
VI
UAJMS - Tarija 25-3/7/1984
VII
UAGRM - Santa Cruz 30-5/11/1989
VIII
UATF - Potosí 8/8/1994 - 18/5/95
IX
UAB - Trinidad 17/21/5/1999
X
UAP - Cobija 26-30/5/2003

El Comité Ejecutivo de la Universidad Boliviana convocó a la "I Reunión Sectorial de Postgrado e Investigación Científica en el mes de enero de la gestión 1980, reunión que se llevó a cabo recién en el mes de febrero de dicho año y que sin embargo del análisis de la temática planteada, la misma no emitió recomendaciones ni conclusiones.

A partir del V Congreso, estos magnos eventos dedican cada vez más atención a la temática del Postgrado a las cuales nos referiremos a continuación.

El VI Congreso Nacional de Universidades.-

Con referencia a la Organización y Formación del Postgrado se cuenta con la siguiente información:

El Estatuto Orgánico aprobado en el VI Congreso en su Título VI, Capítulo II - Grados Académicos y Títulos, en su artículo No. 50 dice:

" Las Universidades del Sistema, de acuerdo a su estructura institucional y educativa y con sujeción a los reglamentos correspondientes, otorga los siguientes grados académicos" :

  • TÉCNICO MEDIO
  • TÉCNICO SUPERIOR
  • LICENCIADO
  • DE ESPECIALIDAD, MAESTRÍA Y DOCTORADO

También el VI Congreso Universitario en su Voto Resolutivo No. 6 disponía:

EL VI CONGRESO NACIONAL DE UNIVERSIDADES

  CONSIDERANDO:

Que es función de la Universidad cualificar científicamente a los profesionales del país para coadyuvar al proceso de liberación del pueblo boliviano;

Que no existen posibilidades de continuar con estudios de postgrado en nuestro país para obtener títulos académicos superiores.

POR TANTO, EL VI CONGRESO NACIONAL DE UNIVERSIDADES

RESUELVE:

Art. 1º.- La Universidad es responsable de la educación de postgrado para los profesionales que soliciten grados académicos superiores tales como los de doctorado, especialidad, maestría y otros.

Art. 2º.- Cada Universidad implementaría la educación de postgrado después de un estudio científicamente realizado.

Art. 3º.- Cada Universidad, con el concurso del CEUB, reglamentará el presente Voto Resolutivo.

Es dado en la sala de reuniones a los tres días del mes de julio de mil novecientos ochenta y cuatro años.

 

Como marco jurídico fundamental, para ambos aspectos, debemos tomar en cuenta la Resolución No. 14, del VI Congreso que dispone:

Art. 1º.- Aprobar el informe de la Comisión Académica en todos los capítulos de su contexto que fueron debidamente considerados por la Plenaria de este evento universitario nacional.

Art. 2º.- Este informe pasa a constituir la base teórica y marco referencial del Nuevo Modelo Académico de la Universidad Boliviana en el proceso de una reforma estructural que inicia a partir del presente Congreso con sujeción a los principios, fines y objetivos que son definidos por el Estatuto Orgánico de la Universidad ; debiendo las Universidades del Sistema adoptar las medidas pertinentes para su cabal ejecución.

Art. 3º.- Se encomienda al CEUB la programación y coordinación de todas las acciones que tiendan al cumplimento de este fin. De ésta primera revisión, se deduce que existen actualmente algunos cursos específicos de postgrado en desarrollo y otros en proyecto.

En la Universidad Mayor de San Andrés, existían dos proyectos consolidados que eran:

  1. Maestría en Ciencias del Desarrollo: Su reglamento y programación ha sido aprobada por el Honorable Consejo Universitario en julio de 1984. La metodología utilizada era dinámica, participativa, teniendo a la investigación como eje fundamental de aprendizaje.
  2. Formación de Postgrado en la Facultad de Medicina
  3. Maestría en Salud Pública

En la Universidad Autónoma Juan Misael Saracho, recién en el año 1996 nace el Postgrado con la implementación de tres programas de maestría que son:

  1. DIRECCIÓN DE INVERSIÓN Y FINANCIAMIENTO.
  2. MANEJO DE CUENCAS HIDROGRÁFICAS
  3. MAESTRÍA EN EDUCACIÓN SUPERIOR

El VII Congreso Nacional de Universidades.-

Este Congreso se desarrolla del 30 de octubre al 5 de noviembre de 1989 en la Universidad Gabriel René Moreno de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra.

En relación al Postgrado, este Congreso Nacional de Universidades mediante resolución No. 13/89 resuelve:

Art. 1º.- Aprobar el informe y conclusiones del Seminario-Taller Nacional sobre Investigación Científica-Tecnológica y Postgrado, el mismo que debe servir de base para la formulación de políticas y acciones operativas en el Sistema Nacional de Universidades.

Este Congreso de Universidades, aprueba lo decidido en la III RAN que en relación al Postgrado decía:

1. Antecedentes y bases de discusión.- La comisión de Postgrado respalda y hace suyos los planteamientos emitidos en la III Reunión Académica Nacional "Bases para una Política de Postgrado", que, en sus acápites principales expresa:

•  La Respuesta de la Universidad a la problemática de Postgrado se desarrolla entre dos polos:

•  Por un lado, está la urgencia de dar respuestas a la problemática social universitaria, regional y nacional, habida cuenta de la proliferación de cursos de Postgrado en las universidades privadas y en otras instituciones.

•  Por otro lado, está la necesidad de discutir más a fondo los objetivos y las políticas de Postgrado con referencia al diagnóstico del pre-grado y al proceso de construcción del Nuevo Modelo Académico.

 

La comisión propuso, entre otros, los siguientes requisitos generales para la creación de cursos de Postgrado en la Universidad Boliviana , tanto los que otorgan el grado de Maestro (Magíster), cuanto aquellas especialidades que no otorgan grado académico.

1. Justificación, como base en un diagnóstico global, con objetivos estratégicos claramente definidos.

2. Currículum que:

a) Esté acorde con los objetivos y políticas universitarias del Postgrado enunciados en el documento de la III Reunión Académica Nacional publicado por el Comité Ejecutivo de la Universidad Boliviana.

b) Esté científicamente diseñado.

c) Tenga una duración mínima de cuatro semestres académicos.

3.Planta docente calificada, con grado académico mínimo correspondiente al título que le otorga el curso.

4. Infraestructura y funcionamiento adecuados.

5. Bibliografía y equipo científico que representen un soporte para la investigación y para el currículum.

6. Aprobación del consejo universitario respectivo, refrendada por una Conferencia Nacional de Universidades.

7. Para desarrollar cursos del cuarto nivel, la Universidad que los implante necesariamente debe contar con el tercer nivel de enseñanza, relacionado directamente con el Curso de Postgrado. La Comisión también otorga su pleno respaldo a las resoluciones emitidas en el "CONGRESO DE INVESTIGACIÓN Y POSTGRADO DE LA UNIVERSIDAD MAYOR DE SAN ANDRES" que en su parte sustantiva expresa:

a) Definición y Justificación.

La búsqueda de profundidad e interacción de las disciplinas para resolver los problemas de la realidad genera la necesidad de contar con un espacio que permita formar recursos humanos que interactúen científicamente con la realidad y la transformen.

Estas consideraciones conducen a la creación del cuarto nivel de estudios de la Universidad.

b) Bases para su realización

Es necesario establecer que el Postgrado no es un simple arreglo de los defectos del pre-grado, sino que:

•  Debe ser la confirmación del profesional como trabajador científico en los niveles de alta calificación.

•  Debe proponer la temática preferente de estudio, de acuerdo a problemas locales, regionales y nacionales previamente identificados y priorizados con base en un diagnóstico de necesidades.

•  Los cursos de Postgrado se convertirán en un espacio privilegiado de implantación de los principios del Nuevo Modelo Académico. En esta perspectiva, las modalidades, métodos y técnicas del diseño curricular del proceso de enseñanza-aprendizaje y su evaluación deberán ser dinámicos, participativos, integrales y multidisciplinarios.

•  Como quiera que el Postgrado tiene por objeto formar investigadores, el cuerpo docente del mismo deberá estar preferentemente conformado por investigadores.

•  Debe ser planificado para formar recursos humanos que transformen la realidad y no para que la reproduzcan, como ocurre actualmente con la mayor parte de los egresados del Pre-grado.

•  El Postgrado debe tener autonomía relativa de las facultades, ya que la interdisciplinariedad que lo caracteriza está en contra de la paternidad absoluta por parte de cátedras, departamentos, carreras o facultades.

•  Debe integrarse globalmente por Áreas a la Estructura Universitaria y al Sistema Nacional de Postgrado.

El Postgrado debe ser un espacio natural de discusión de las Bases de un Proyecto Nacional Alternativo y Popular, por el hecho de que en él concurren investigadores de diferentes disciplinas y áreas, en un ámbito de pluralismo ideológico.

2. Conclusiones generales:

•  La justificación de la formación de recursos humanos válida o inválida, la creación de un Postgrado, ésta debe estar basada en la oferta y demanda de recursos calificados, sujeta a la perspectiva del desarrollo nacional y las demandas sectoriales.

•  El Comité Ejecutivo de la Universidad Boliviana deberá elaborar un estudio de las necesidades de las maestrías en el país a objeto de evitar, en el Postgrado a nivel nacional, duplicidad de disciplinas y una erogación inútil de recursos financieros, priorizando los cursos con base en una política de formación de recursos humanos en el cuarto nivel.

•  El Comité Ejecutivo de la Universidad Boliviana , también deberá elaborar un "Inventario del Potencial de Recursos Humanos" en el país.

•  La política de Recursos Humanos debe propender a:

a) Formar recursos humanos calificados a nivel nacional e internacional.

b) Aprovechar el personal nacional calificado.

c) Propender al reciclaje permanente de los recursos humanos para actualizar el conocimiento científico.

  • Se propone el estudio y la creación de un Sistema Nacional de Postgrado
  • El Postgrado a nivel nacional debe fundamentar su existencia en la investigación y el apoyo presupuestario deberá ir dirigido principalmente a la misma.
  • Es necesario establecer una política de la información y difusión de los objetivos y perfiles de los estudios de postgrado a nivel nacional e internacional.

3. Requisitos para la creación de Postgrado

a)  Institucionales.-

•  Se debe crear un "Sistema Nacional de Postgrado" que concilie criterios regionales y demandas sectoriales.

•  Procurar una Autonomía relativa de los Estudios de Postgrado en las instancias para tender a una mayor fluidez en la realización de las metas del cuarto nivel.

•  En el contexto de la estructura orgánica propuesta, los Institutos de Investigación y Postgrado de la Universidad Boliviana , deberán trabajar asociados, a fin de lograr resultados conjuntos para las tareas de investigación y docencia, pudiendo establecer convenios de cooperación mutua con otras instituciones nacionales e internacionales afines.

b) Académicos, Recursos Humanos y Financieros.-

•  A los docentes del Postgrado se les deberá reconocer el nivel académico de: "Investigador - Docente", categoría a ser incorporada en el escalafón de la Docencia.

• Las Unidades de Postgrado podrán reforzar su financiamiento para potenciar estos niveles, sin perder la verdadera esencia de la Universidad Boliviana , a través de la cooperación externa.

•  Convenios.

•  Prestación de Servicios.

Dicha cooperación podrá estar basada en:

  • Las maestrías deben ser de "Dedicación Exclusiva" y programadas para un término posible de dos años, para así lograr un trabajo cualificado de investigación.
  • En el perfil profesional de la Maestría , se propone formar Investigadores, Administradores y Productores de Conocimiento, capaces de plantear opciones al desarrollo nacional.
  • Incorporar en los estudios de Postgrado multidisciplinarios cursos previos para homogenizar la interdisciplinariedad de sus alumnos.
  • Se debe crear un Sistema Universitario de Información y Banco de Datos.

c) Admisión al Postgrado.-

  • Título Académico de Licenciatura
  • Aprobar el Sistema de Selección de Postulantes.
  • Dominar en forma instrumental un idioma extranjero afín a la especialidad.

d) Modalidades de graduación.-

•  Mediante la elaboración y aprobación de Tesis.

El VIII Congreso Nacional de Universidades.-

También el VIII Congreso Nacional de Universidades, con Resolución No. 43/94, resuelve:

Art. 1º. Autorizar a la Universidad Autónoma "Tomás Frías", en su Facultad de Ingeniería, iniciar sus actividades en el nivel de Postgrado en el área correspondiente, a partir de la gestión académica de 1994.

Art. 2º. Los lineamientos sobre la estructura, funcionamiento y normatividad, deberán coincidir con los Reglamentos correspondientes de la Dirección de Postgrado de la Universidad Tomás Frías.

El VIII Congreso Nacional de Universidades, modifica la composición del CEUB, aprobando la Resolución de creación de la SECRETARÍA NACIONAL DE POSTGRADO. La resolución pertinente dice:

Resolución No. 46/94. El VIII Congreso Nacional de Universidades, ha determinado por consenso implementar la Reforma Universitaria.

Que es necesario reestructurar al Máximo Gobierno Nacional cuál es el Comité Ejecutivo de la Universidad Boliviana , para efectivizar y sistematizar la Reforma con miras a enfrentar un nuevo milenio en el que el conocimiento se constituye en el patrón fundamental del nuevo orden mundial.

Por tanto, el VIII Congreso Nacional de Universidades, resuelve:

Art. 1º. Se determina conformar las siguientes Secretarías:

  1. SECRETARÍA EJECUTIVA NACIONAL , responsable del Comité Ejecutivo del Sistema de la Universidad Boliviana.
  2. SECRETARIA NACIONAL DE POSTGRADO , responsable del Sistema Nacional de Educación del Postgrado y de la coordinación de las proformas de Postgrado de todas las Universidades del Sistema.
  3. SECRETARÍA NACIONAL ACADÉMICA, ACREDITACIÓN Y PLANIFICACIÓN.
  4. SECRETARÍA NACIONAL DE INVESTIGACIÓN, CIENCIA Y TECNOLOGÍA , responsable de la coordinación de las labores de Investigación, Ciencia y Tecnología, y de la elaboración del documento de creación del Sistema Nacional Universitario de Ciencia y Tecnología (SINUCYT).

Art. 2º. Las funciones y atribuciones de las Secretarías deberán ser presentadas a la Primera Conferencia Nacional de Universidades.

Por otra parte el Estatuto Orgánico aprobado en el VIII Congreso Nacional de Universidades, en su artículo No. 51 establece: "Las Universidades del Sistema, de acuerdo a su estructura institucional y educativa y con sujeción a los reglamentos correspondientes, otorgan los siguientes grados académicos":

  • TÉCNICO MEDIO
  • TÉCNICO SUPERIOR
  • LICENCIADO
  • DE ESPECIALIDAD, MAESTRÍA Y DOCTORADO.

El IX Congreso Nacional de Universidades.-

Finalmente, el IX Congreso Nacional de Universidades realizado del 17 al 21 de mayo de 1999 en Trinidad- Beni - Bolivia, decía:

La importancia del conocimiento como factor de desarrollo es hoy reconocida en el ámbito mundial. La crisis generalizada en los países del tercer mundo, reflejada en la pobreza y el atraso, será más aguda si no se consolida un proceso sostenido de desarrollo de un país.

Bolivia requiere para nivelarse con la América Latina de por lo menos 7.000 profesionales postgraduados a nivel de Maestría y Doctorado, el país solo tiene 700 postgraduados y paradójicamente más de 1.000 prestando servicios en el exterior.

Bolivia no podrá alcanzar un nivel de desarrollo aceptable sin el fortalecimiento de sus recursos humanos.

No obstante que Bolivia cuenta con Universidades Centenarias y de antigua trascendencia internacional, en la actualidad, éstas se debaten en una crisis caracterizada por:

  • Pocos recursos humanos de excelencia
  • Bajo nivel académico
  • Débil infraestructura para la investigación
  • Intereses gremiales y de grupo que desnaturalizan la estructura de gobierno universitario.
  • Baja producción científica y tecnológica menos de 50 artículos indicados por año, reconocidos en el ámbito internacional de un total de 1.500.000.-
  • Incapacidad operativa en la toma de decisiones.
  • Desarticulación total entre la investigación, los programas de pregrado y los programas de postgrado.

EL X CONGRESO NACIONAL DE UNIVERSIDADES

Este Congreso se realiza en la Universidad Amazónica de Pando en la ciudad de Cobija del Departamento de Pando.

Las principales determinaciones de este Congreso en relación al Postgrado se refieren a:

  Resolución No. 25/2003

Art. 1.- Instruir a la Secretaría Nacional de Postgrado la continuación y conclusión de los trámites de obtención de personalidad jurídica, para un pronto funcionamiento de la Fundación Nacional de Postgrado - FUNDPOST.

Art. 2.- Proceder a la complementación del reglamento de la FUNDPOST incluyendo aspectos referidos a la Investigación Científica y Tecnológica.

  Resolución No. 26.-

Art. 1.- Instruir a las Universidades del Sistema de la Universidad Boliviana , el fortalecimiento de las Direcciones del Postgrado, en función de las necesidades y los objetivos propuestos en el Plan Estratégico del Postgrado 2002-2006.

Art. 2.- Analizar y establecer las condiciones necesarias y suficientes para la implementación del Vicerrectorado de Postgrado e Investigación Científica y Tecnológica en las Universidades del Sistema en un tiempo prudencial.

Resolución No. 27.-

Artículo Unico.- Recomendar que los docentes postulantes a autoridades académicas posean Titulo de Postgrado, como mínimo a nivel de Maestría, para unidades cuyo nivel sea de Licenciatura y de Especialidad; para unidades de nivel Técnico Superior, reconocidos por el Sistema de la Universidad Boliviana.

Durante la Gestión 2003-2007 el Sistema Nacional de Postgrado ha realizado las siguientes actividades:

VI Reunión de Directores de Postgrado, llevada a cabo del 19 al 20 de agosto de 2003 en la sede de la Universidad Mayor de San Simón de la ciudad de Cochabamba, habiendo aprobado las siguientes recomendaciones:

  • Aprobar las modificaciones y conclusión de los trámites para la obtención de la personería jurídica de la FUNDPOST.
  • Convocar a Reunión Sectorial de Postgrado de Medicina.
  • Se establece como plazo el 30 de septiembre de 2003 para que las Universidades hagan llegar las sugerencias y modificaciones a los formularios de Evaluación y Acreditación del Postgrado, al Reglamento del Sistema Tutoral propuesto por la UMSFX.
  • Suspender cursos y programas de postgrado con la consultora GRECO.
  • Tramitar la Ley Nacional del Postgrado.

La VII Reunión de Directores de Postgrado fue realizada juntamente la Secretaría Nacional de Evaluación y Acreditación en fecha 18 de marzo de 2004 en la sede de la Universidad Mayor de San Simón-Cochabamba, en dicha reunión se vio la necesidad de llevar a cabo el "Seminario Taller de Compatibilización de Criterios Teórico Metodológicos para iniciar el proceso de evaluación de programas de postgrado de la Universidad Boliviana.

La VIII Reunión de Directores de Postgrado, se llevó a cabo en la ciudad de Cobija sede la Universidad Amazónica de Pando, concluyendo con:

  • Coordinar acciones para realizar la evaluación del Plan Estratégico del Postgrado 2002-2006.
  • Proyecto de Reglamento de Convenios del Postgrado
  • Conformar Redes Universitarias para el desarrollo de programas de postgrado.

La IX Reunión de Directores de Postgrado (IX REDIPOST) se llevó a cabo en la ciudad de Tarija sede la Universidad Autónoma Juan Misael Saracho de la ciudad de Tarija del 27 al 28 de septiembre de 2005, con las siguientes conclusiones:

  • Convocar a reuniones de carácter interactivo de Directores de Postgrado y Directores de Evaluación y Acreditación del SUB.
  • Incorporación del Reglamento del Postgrado en la materia referida al Sistema Tutoral del Postgrado.
  • Aprobación del Reglamento de Educación Postgraduada con componente virtual de la U.B .

La X REDIPOST , se llevó a cabo en la ciudad de Potosí, sede la Universidad Autónoma Tomás Frías del 9 al 10 de mayo de 2006, habiendo recomendado:

  • Impulsar el Reglamento de Postgrado, los procesos de evaluación de los programas académicos y diseñar procedimientos para la acreditación institucional.
  • Remisión de las Direcciones de Postgrado del SUB de la Evaluación y Diagnóstico del Plan Estratégico del Postgrado 2002-2006 y en base a ello formular el Plan Estratégico del Postgrado 2008-2012.
  • Envío de hoja de vida de profesionales docentes universitarios que cuenten con el grado de Doctor en Ciencias a la Secretaría Nacional de Postgrado.
  • Presentación del modelo de autoevaluación del postgrado.
  • Solicitar a la H. Cámara de Diputados la elección de los consejeros del CONAES.
  • Modificaciones al Reglamento General de Estudios de Postgrado.

La XI Reunión de Directores de Postgrado se llevó a cabo en la ciudad de Tarija sede la Universidad Autónoma Juan Misael Saracho los días 13 y 14 de marzo de 2007, con las siguientes conclusiones:

  • Aprobación de la Evaluación del Plan Estratégico del Postgrado 2002-2006.
  • Formulación del Plan Estratégico del Postgrado 2008-2012.
  • Prohibición a las Escuelas y/o Unidades del Postgrado de la U.B. la realización de Programas de Postgrado con Organismos y/o Instituciones Privadas.
  • Los programas de postgrado deben ser inscritos en el libro notariado del CEUB.
  • Las Unidades de Postgrado deben remitir el Reglamento General de Estudios de Postgrado, Reglamento de Educación Postgraduada con Componente Virtual de la U.B. y el Reglamento del Sistema Tutoral de la U.B .
  • Ratificar que las Unidades de Postgrado llámense éstas Direcciones o Escuelas dependan única y exclusivamente del Vicerrectorado de cada Universidad.

Durante esta gestión también se llevaron a cabo las siguientes REUNIONES NACIONALES DE POSTGRADO (RENAP´S)

La IV Reunión Nacional de Postgrado se llevó a cabo en la sede de la Universidad Técnica de Oruro en el mes de agosto de 2004, aprobando:

  • Las Bases teóricas para la Evaluación de Programas de Postgrado.
  • Aprobar el Proyecto Nacional para la Elaboración de Programas de Doctorado en Ciencias.
  • Disponer la elaboración del Plan Estratégico del Postgrado
  • Crear la Red Nacional de Información de Tutores de cada Universidad y conformar un Banco de Datos.
  • Reglamentar la firma de convenios con instituciones privadas o públicas.

La V Reunión Nacional de Postgrado fue llevada a cabo en la Sede de la Universidad Amazónica de Pando en la ciudad de Cobija del 29 de noviembre al 1 de diciembre de 2005, habiendo recomendado:

  • Aprobar reglamentos de Educación Postgraduada con componente virtual de la UB y el Reglamento del Sistema Tutoral de la UB.
  • Conformar la Comisión Nacional de Formulación del Plan Nacional de Desarrollo del Postgrado.
  • Se recomienda a las Universidades del Sistema gestionar convenios de formación postgradual con instituciones de profesionales que promueven la capacitación de sus afiliados.
  • Se solicita a las Direcciones de Postgrado la aceptación de profesionales formados en Universidades Privadas para continuar estudios Postgraduales en Universidades del Sistema.

Por otra parte, la Secretaría Nacional de Postgrado juntamente la Secretaría Nacional de Evaluación y Acreditación llevaron a cabo la II Reunión de Directores de Postgrado y de Evaluación y Acreditación del Sistema de la Universidad Boliviana en la cual se concluyo con:

  • Las Universidades deben generar y desarrollar los procesos de Evaluación y Acreditación de sus Programas de Postgrado.
  • Fijar plazo hasta el 1/09/06 para la presentación del Diagnóstico 2002-2006 y las Bases y/o el Plan de Desarrollo del Postgrado 2008-2012.

 

 

Comité Ejecutivo de la Universidad Boliviana
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