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Actualizado,
agosto de 2003
| El Secretario
Nacional de Postgrado, elegido por el Congreso Nacional de Universidades,
ejercerá sus funciones por el lapso de cuatro años, pudiendo ser reelegido.
Se desempeñará a dedicación exclusiva, incompatible con otras funciones
públicas y privadas con excepción del ejercicio de la docencia universitaria.
El secretario Nacional de Postgrado, elegido por el Congreso Nacional
de Unviersidades, ejercerá sus funciones cuatro años, pudiendo ser reelegido.
Sus atribuciones son las siguientes:
Dependen de la Secretaria Nacional de Postgrado, las siguientes unidades administrativas.
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DOCUMENTOS
DE ESTA SECRETARIA
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Email: secpostg@ceub.edu.bo
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