El Secretario Ejecutivo Nacional, elegido
por el Congreso Nacional de Universidades, ejercerá sus funciones
por el lapso de cuatro años, pudiendo ser reelegido por una sola vez
en forma continua. Se desempeñará a dedicación exclusiva, incompatible
con otras funciones públicas y privadas con excepción del ejercicio
de la docencia universitaria.
Sus atribuciones son las siguientes:
- Representar al Sistema Universitario
en todos los actos públicos y ante los organismos de cooperación
nacional e internacional, entidades públicas y privadas y otras
instituciones de Educación Superior.
- Convocar con fines de coordinación
a los Secretarios Nacionales del CEUB tanto a reuniones ordinarias
como extraordinarias.
- Coordinar las labores entre
y con las otras Secretarías Nacionales.
- Firmar Títulos en Provisión
Nacional de Revalidación y Convalidación, de acuerdo con el Artículo
186 de la Constitución Política del Estado en los casos excepcionales
de carreras no existente en el sistema.
- Designar y remover al personal
técnico y administrativo del C.E.U.B. de acuerdo al Reglamento
Interno de Personal.
- Presentar informes a las
Conferencias Nacionales y al Congreso Nacional de Universidades.
- Presidir eventos nacionales
del Sistema Universitario no contemplados en el Estatuto Orgánico
de la Universidad Boliviana, pudiendo delegar esta función al Secretario
Nacional en el área que corresponda.
- Cumplir y hacer cumplir
el Estatuto Orgánico de la Universidad Boliviana
- Realizar adquisiciones y
transacciones económicas de acuerdo a las disposiciones legales
vigentes.
- Aprobar contratos de obras
y servicios de acuerdo a normas vigentes.
- Presidir los Comités de
Contratación.
- Presentar al Ministerio
de Hacienda el Presupuesto del CEUB para cada gestión. Así mismo,
los Balances Generales de la institución ante los órganos de control
financiero correspondiente.
- Presentar ante el Ministerio
de Hacienda, el Presupuesto Consolidado del Sistema Universitario
Nacional al inicio de cada gestión.
- Tramitar y suscribir Convenios
de Asistencia Económica, Científica y Tecnológica, y de Intercambio
Cultural con entidades Nacionales y Extranjeras.
- Firmar todos los Documentos
oficiales del Comité Ejecutivo de la Universidad Boliviana.
- Elaborar las Memorias Anuales
de cada gestión.
- Coordinar y sintetizar el
Plan Nacional de Desarrollo Universitario, sobre la base de los
Planes de Desarrollo de cada Universidad y de las Secretarías Nacionales
del CEUB.
- Convocar a Conferencias
Nacionales Ordinarias y Extraordinarias de las Universidades de
acuerdo a los establecido en el Estatuto Orgánico de la Universidad
Boliviana, previa consulta.
- Convocar al Consejo de Secretarios
con carácter ordinario y extraordinario de acuerdo a la Resolución
64/95 del VIII Congreso Nacional de Universidades.
Plan Operativo 2003
Dependen de la Secretaría Ejecutiva
Nacional las siguientes unidades administrativas:
- Direccion Administrativa
y Financiera (D.A.F.) Plan Operativo DAF 2003
- Asesoría General - Jurídica
- Auditoría Interna
- Relaciones Públicas y Prensa
- Imprenta y Archivos
Email: secejec@ceub.edu.bo
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