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Operativización de la propuesta para la evaluación y acreditación de programas universitarios de ingeniería

Rol de la Universidad (pública o privada). 

  1. Todas las Universidades del país, sean públicas o privadas, deberán contar con una instancia especializada de evaluación, constituida por un equipo de expertos, consultores y asesores en evaluación y educación superior.
  2. Esta instancia, en forma coordinada con los Programas de Formación de Ingenieros de su Universidad, realizará las siguientes actividades: 

    • Orientar en el diseño, organización y ejecución de procesos de autoevaluación mediante procedimientos propios de cada Universidad.
    • Sistematizar los informes autoevaluativos de cada Programa.
  3. La instancia universitaria de evaluación pondrá en conocimiento del Comité Central de Acreditación, el informe autoevaluativo del programa específico de ingeniería.
  4. Este informe se constituirá en el documento básico para la evaluación realizada por los "pares académicos". La instancia universitaria de evaluación, en coordinación con los Programas de Ingeniería, se constituirá en la "contraparte" de los "pares académicos".
  5. Los "pares académicos" (Comité Operativo de Acreditación), procesarán el informe autoevaluativo y verificarán "in-situ" la idoneidad del proceso de autoevaluación.
  6. Los "pares académicos" elaborarán un informe para presentarlo al COMITE CENTRAL DE ACREDITACION DE PROGRAMAS DE INGENIERIA DE BOLIVIA.
  7. En el indicado informe deberán emitirse juicios de valor sobre:
    • El análisis del informe de la autoevaluación.
    • Los resultados de la evaluación externa por "pares académicos".
  8. El COMITE CENTRAL DE ACREDITACION DE LOS PROGRAMAS DE INGENIERIA DE BOLIVIA verificará la confiabilidad y validez de la autoevaluación y de la evaluación externa por "pares académicos", con lo cual concretará la meta-evaluación.

  9. El COMITE CENTRAL DE ACREDITACION DE LOS PROGRAMAS DE INGENIERIA DE BOLIVIA emitirá la certificación de Acreditación correspondiente, a nombre de la Comunidad Científica y Tecnológica Nacional, la misma que será refrendada por el Comité Ejecutivo de la Universidad Boliviana y el Ministerio de Educación, a través del Vice Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología.
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