El Secretario Nacional de
Planificación Académica, elegido por el Congreso Nacional
de Universidades, ejercerá sus funciones por el lapso de cuatro
años, pudiendo ser reelegido. Se desempeñará a dedicación
exclusiva, incompatible con otras funciones públicas y privadas
con excepción del ejercicio de la docencia universitaria.
Sus atribuciones son las
siguientes:
-
Organizar y coordinar la Planificiación
y Programación Académica del Sistema Universitario Boliviano.
-
Supervisar el cumplimiento de
las determinaciones de las Sectoriales, Reuniones Académicas Nacionales
(RAN) y las Resoluciones de las conferencias y Congresos Nacionales referentes
a temas Académicos.
-
Coordinar actividades con la
Comisión Nacional de Evaluacion y Acreditación.
-
Sobre la base de los resultados
de la Autoevaluación, Evaluación Externa y Acreditación
de las Universidades del Sistema Universitario, diseñar políticas
de mejoramiento de la actividad académica e institucional.
-
Programar y coordinar las Reuniones
Sectoriales Nacionales para evaluar, analizar y diseñar las currícula,
planes de estudio y calendarios académicos.
-
Informar a las instancias superiores
y a las Conferencias sobre el desenvolvimiento de sus labores específicas.
-
Cumplir y hacer cumplir los
Estatutos Orgánicos, así como las Resoluciones de las Instancias
del Gobierno Universitario.
-
Analizar y evaluar los planes
de estudio, tablas de convalidaciones y modalidades de graduación
de las Facultades y Carreras del Sistema Unviersitario, para su consideración
en als instancias de asesoramiento y de gobierno universitario.
-
Evaluar el desarrollo de las
actividades ecadémicas en el Sistema y promover los cambios que
fueran necesarios para mejorar la enseñanza.
-
Pedir informes constantes sobre
la marcha de los departamentos de Autoevaluación de cada una de
las universidades del país.
-
Planificar conjuntamente con
las Universidades y ejecutar acciones de capacitación y mejoramiento
docente.
-
Elaborar y presentar en la Memoria
Anual el informa de labores de su Secretaría.
-
Elaborar el Plan Nacional de
Desarrollo Universitario en la parte que corresponde a su Secretaría.
-
Evaluar la Guía Académica
Nacional del Sistema, sobre la base de información oficial y resoluciones
de órden académico del Sistema Universitario.
-
Elaborar el Anuario Estadístico
del Sistema, sobre la base de los datos oficiales de cada Universidad.
Dependen de la Secretaria Nacional
de Planificación Académica, las siguientes unidades administrativas:
-
Planificación y Desarrollo
Académico
-
Títulos y Grados Académicos
Email:
secadec@mail.ceub.edu.bo
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